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REGLAMENTO SOBRE TENENCIA DE ANIMALES CANINOSHabiéndose recibido varias quejas en el Ayuntamiento debido a los daños y molestias ocasionados por perros en espacios públicos del municipio, se ha considerado conveniente recordar a los ciudadanos el reglamento existente en la Comunidad Autónoma del País Vasco, Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre tenencia de animales de la especie canina:
En primer lugar, en las vías y espacios públicos urbanos, así como en las partes comunes de los inmuebles colectivos, los perros deberán ir bajo control y sujetos mediante el uso de una cadena o correa adecuada a las características del animal y con una longitud máxima de dos metros.
Queda prohibido abandonar las deyecciones de los perros en vías y plazas públicas, parques infantiles, jardines, y en general, en cualquier lugar destinado al ornato y/o tránsito de personas.
Por último, el poseedor de un perro, o el que se sirve de él, será responsable de los daños, perjuicios y molestias que causare, aunque se le escape o extravíe, conforme a lo fijado por el artículo 1905 del Código Civil.
Por lo tanto, el Ayuntamiento de Gabiria, ruega a los propietarios de perros observen el cumplimiento del reglamento citado.
Gabiria, octubre de 2009.